¿Tu ex ha dejado de pagar la pensión de alimentos? Qué puedes hacer y cuándo se convierte en un delito

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1/1/20253 min read

Sabes perfectamente de qué hablamos: llega el día 1 o el 5 del mes, miras la app del banco y la pensión de tus hijos no aparece. Pasa un mes, pasa otro... y los libros del colegio, la ropa, la comida y las extraescolares no esperan.

Cuando la persona obligada decide dejar de pagar, la sensación de impotencia es enorme. Pero queremos darte un mensaje muy claro desde el principio: no estás desprotegido/a y la ley está de tu parte.

Para recuperar ese dinero hay dos caminos muy claros. Uno sirve para ir directo a por el dinero (la vía civil) y el otro es para los casos más graves, cuando la persona no paga porque no le da la gana (la vía penal). Te los explicamos sin palabros raros.

Camino 1: La vía civil (El camino más rápido para cobrar)

Si tu objetivo principal es recuperar hasta el último céntimo lo antes posible, este es el camino que casi siempre hay que recorrer primero.

Como ya existe un divorcio, un convenio o una sentencia firmada por un juez donde pone cuánto tiene que pagar, no hay que empezar un juicio desde cero para discutir si te debe el dinero o no. El juez ya dijo en su día que tiene que pagar.

¿Cómo funciona?

Presentamos una demanda de ejecución en el mismo juzgado que llevó tu caso. En palabras sencillas: le decimos al juez "mira, aquí está la sentencia y aquí está el extracto del banco que demuestra que no ha pagado".

El "superpoder" de las pensiones de alimentos: Los embargos

En una deuda normal (como si le debes dinero a un taller o a una tienda), la ley protege el Salario Mínimo Interprofesional y no te lo pueden quitar todo. Con la pensión de los hijos es diferente: la ley es muchísimo más dura con quien debe alimentos.

El juez le dará un plazo para pagar y, si no lo hace, irá directo a embargarle:

  • La nómina: El juez puede embargarle la parte del sueldo que considere necesaria, aunque gane poco dinero.

  • El dinero del banco: Se congelan y bloquean sus cuentas.

  • La devolución de la RENTA: Si Hacienda tiene que devolverle dinero en la declaración, ese dinero irá directamente a tu cuenta.

  • Coches o propiedades: Si la deuda es muy grande.

Un dato importante: Tienes un plazo de 5 años para reclamar las mensualidades que te deba. Lo que pasó de los 5 años, prescribe.

Camino 2: La vía penal (Cuando el impago se convierte en un delito)

Dejar de pagar la pensión de tus hijos no es solo "deber dinero": en España es un delito castigado con la cárcel (el famoso delito de abandono de familia).

¿Cuándo se considera delito?

Para que podamos ir por la vía penal y denunciar o poner una querella, tienen que cumplirse estas condiciones:

  1. Haber dejado de pagar:

    • Durante 2 meses seguidos.

    • O durante 4 meses salteados (un mes sí, un mes no...)

  2. La regla de oro: "No paga porque no quiere"

Esta es la clave de todo. Para que sea delito tiene que haber mala fe.

  • Si tu ex se ha quedado en el paro sin prestación y no tiene un duro de verdad: No irá a la cárcel (aunque te seguirá debiendo el dinero por la vía civil).

  • Si tu ex trabaja "en negro", cobra en mano, se gasta el dinero en viajes o se ha quitado propiedades de encima para hacerse el pobre: Ahí sí hay delito. Es lo que en derecho llamamos voluntad de no pagar.

¿A qué se enfrenta?

Si el juez le condena por lo penal, las consecuencias son serias:

  • Pena de cárcel (de 3 meses a 1 año) o multas diarias.

  • Antecedentes penales (lo que le complicará la vida para muchos trabajos o trámites).

  • Y sigue debiéndote el dinero: La condena penal no le perdona la deuda; le obligará a pagarte todas las pensiones atrasadas con intereses.

¿Qué camino me conviene elegir?

Depende de la situación en la que te encuentres:

  • Elige la Vía Civil si: Sabes que tiene un trabajo legal con nómina, dinero en el banco, coche o propiedades. El embargo funcionará muy bien y cobrarás más rápido.

  • Elige la Vía Penal si: Tu ex se ha vuelto "invisible", trabaja en B, dice que no tiene nada a su nombre para torear al juzgado o ya le has puesto demandas civiles y sigue pasando de todo. La presión de enfrentarse a antecedentes penales o a la cárcel suele hacer que "aparezca" el dinero mágicamente.

No lo dejes pasar

Dejar correr el tiempo solo hace que la deuda se acumule y sea más difícil de gestionar. Lo ideal es revisar bien las transferencias, calcular exactamente cuánto se debe y trazar la estrategia que más rápido te devuelva la tranquilidad a ti y a tus hijos.

En Aledo Fabián y Asociados estudiamos tu caso al detalle de forma personalizada para ver qué vía es la más efectiva.

Si estás pasando por esta situación, ponte en contacto con nosotros y analizamos tu caso



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